Una edición de Se Hará Justicia donde con la conducción de la Dra. Verónica Ottaviano el tema abordado fue la inteligencia artificial en relación al derecho y cómo podría contribuir para en mejor servicio de justicia. La entrevista de la semana fue a Leonardo Alejandro Todarelli, juez titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 13 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, docente universitario, diplomado en Derecho 5.0 y autor del libro ABC del Proceso Judicial. Todarelli es el creador de Alexia, un proyecto de investigación e innovación sobre prueba anticipada extraprocesal e inteligencia artificial aplicada al derecho. ¿De qué se trata y cómo puede contribuir en las actuaciones dentro del Poder Judicial?


Verónica Ottaviano: ¿De qué se trata el proyecto de investigación Alexia?

Leonardo Alejandro Todarelli: Primero quiero contar una historia. Siendo muy joven, recien recibido me nombraron auxiliar letrado en un juzgado. En ese momento me toca un juicio que me marcó para toda la vida y me llevó a pensar que algo tenía que hacer. Tenía que proyectar el voto de un camarista en un tema muy escabroso: en 1983, una nena de seis años recibió una transfusión contaminada con VIH lo que al poco tiempo le provocó la muerte. Los padres iniciaron el reclamo, lamentablemente el papá falleció durante la tramitación del expediente sin recibir justicia en vida; la madre recién llegó a la firmeza de la sentencia 25 años después. La parte demandada intentó eludir la responsabilidad cambiando la figura societaria y tuve que terminar condenando al director de esa sociedad, que había sido mi pediatra de toda la vida para hacer más fuerte la historia.

El impacto de esos 25 años de espera me alentó a buscar salidas. Tiempo después, cuando empezó la oralidad procesal —que para la gente que no sabe, implica que el juez esté presente a lo largo de todo el proceso, fundamentalmente en la audiencia preliminar y en la audiencia de vista de causa—, noté un avance significativo. La oralidad genera inmediación entre el juez, las partes y los abogados, dándole otra profundidad al expediente.

Sin embargo, al gestionar los procesos por oralidad me di cuenta de que no era suficiente. Aun apoyándola firmemente, tras varios años noté que seguíamos llegando tarde al conocimiento de los hechos.

V. O.: Teníamos el mismo problema de fondo…

L. T.: Exacto. Esa inquietud, sumada al recuerdo de aquel caso, me llevó a buscar una vuelta de rosca. En el marco de la carrera de especialización en Administración de Justicia y posteriormente en el doctorado, realicé una investigación durante tres años (2021 a 2023) sobre el destino de las causas que ingresaban al fuero. Elegí ese trienio porque, tras la pandemia, los procesos ya se iniciaban de manera 100 % electrónica.

Los resultados fueron reveladores: solo el 2,5 % de las causas terminaban en sentencias definitivas dictadas por el juez; el resto eran acuerdos. Al analizar esos acuerdos, advertí que las partes pactaban antes de que se abriera el proceso a prueba o ni bien se presentaba la pericia.

Allí detecté el punto clave: cuando las partes tienen información previa, concilian y negocian sin necesidad de someterse a un proceso largo. Si proyectamos que en tres años solo se resuelve el 20 % del stock de causas, hablamos de que se tardarían más de 15 años en agotar los expedientes pendientes, sin contar los que ingresan a diario. Tenía el prejuicio de que las facultades formaban abogados exclusivamente adversariales, pero me di cuenta de que la gente lo que quiere es cerrar los conflictos. El tema es: si no tenés información desde el principio, ¿cómo lo hacés?

V. O.: Lo que proponés implica un cambio de paradigma. Existe el mito de que «la información es poder» y se tiende a guardar. En mi experiencia litigando como abogada, he visto a partes conservar documentos como un «as bajo la manga» hasta perderlos por no presentarlos a tiempo. Es un cambio de mentalidad decir: «Mostremos lo que tenemos y veamos qué pasa».

L. T.: Es así. Cuando hablo de que las partes cuenten con información, me refiero a medidas como permitir en el primer despacho que se aporten las causas penales por accidentes de tránsito o las historias clínicas antes del traslado de la demanda. Si la parte demandada ve la causa penal o la historia clínica antes de contestar la demanda, advierte que no podrá utilizar las formas habituales de defensa, como negar el hecho de manera genérica. Al acortar ese margen, reducimos significativamente los tiempos del proceso.

¿Cuál es el aporte de Alexia?

V. O.: ¿Qué viene a aportar Alexia? ¿Qué significa y cómo funciona?

L. T.: Alexia es el acrónimo de Acceso Legal Extraprocesal con Inteligencia Artificial. Aclaramos que «extraprocesal» no significa extrajudicial: es fuera del proceso principal, pero dentro del sistema del Poder Judicial (por ejemplo, integrado al módulo de presentaciones electrónicas).

Además, Alexia proviene del griego Alexein, que significa proteger o defender derechos. La idea es que la parte interesada ingrese a la plataforma con un pedido fundado —no para buscar datos personales al azar, sino para preparar el proceso de manera coherente y producir la prueba antes de que se pierda con el tiempo—.

El usuario fundamenta la solicitud y delimita la prueba. El juez evalúa el pedido, garantizando su presencia desde el inicio: lo admite si es razonable o lo desestima. Corre bajo las normas de la prueba anticipada tradicional y es apelable. Si se autoriza, se da intervención a la contraparte para garantizar la bilateralidad y contradicción (o al defensor oficial si hay urgencia). Luego se produce la prueba: peritajes, informes o videograbaciones.

V. O.: O sea que en un caso concreto, como un accidente de tránsito con lesiones, en lugar de esperar la demanda, la contestación y la apertura a prueba para sortear peritos, proponés traer ese periodo probatorio al inicio.

L. T.: Tal cual. El abogado ingresa la solicitud en la plataforma Alexia explicando el conflicto, el juez analiza el pedido, le da traslado a la contraparte y se produce la prueba. Alexia ayuda a estructurar el reclamo al inicio y ordenar la información. Está diseñada con módulos cargados con la jurisprudencia de la Suprema Corte provincial, las cámaras departamentales, la doctrina legal vigente y un módulo de cálculo de indemnizaciones para proyectar montos desde el comienzo. En las encuestas que realicé durante la investigación, más del 90 % de los abogados consultados se mostraron a favor de esta metodología.

V. O.: ¿Y cómo negocian las partes una vez producida esa prueba?

L. T.: Al finalizar la etapa probatoria, Alexia genera un documento electrónico que en mi tesis denomino DUPA (Documento Único de Prueba Anticipada Validada). Es un archivo PDF firmado digitalmente por el juez, con hash criptográfico, trazabilidad y sello temporal para garantizar su inalterabilidad.

Con el DUPA, los abogados se sientan a negociar sobre la base de prueba reciente. Si no acuerdan, van a la mediación con un documento fundado sobre hechos concretos. Y si tampoco hay acuerdo en mediación, se pasa al proceso judicial convencional, con la ventaja de que la prueba ya realizada no se vuelve a repetir en el juzgado gracias al principio de adquisición probatoria. Solo restaría producir la prueba pendiente, como las declaraciones testimoniales.

V. O.: ¿Se necesita una reforma legislativa o modificar el Código Procesal para implementar Alexia?

L. T.: Siempre es bienvenida una reforma legislativa, pero aun sin ella se puede implementar. Al tratarse de un proceso judicial, aplican los artículos 34 y 36 del Código Procesal sobre los deberes y facultades del juez para dirigir el proceso y buscar la verdad objetiva, en armonía con los artículos 326 y 327 que regulan la prueba anticipada.

V. O.: Hay un gran debate sobre el riesgo de que la inteligencia artificial deshumanice la justicia. Mencionabas fuera del aire el concepto de Human-in-the-Loop (el control humano constante). Detrás de cada conflicto hay personas, no números. ¿Nos contás el caso del consorcio y el encargado del edificio donde utilizaste la IA para aportar un toque de humanidad?

L. T.: Tomando lo del Human-in-the-Loop, recuerdo una frase de un camarista que me formó: «Cuando no sepas qué hacer, preguntales a tus padres, porque tienen sentido común». Y me decía que sentencia viene del verbo sentir. Aunque etimológicamente no sea exactamente así, recobra un enorme valor: al tomar contacto con los hechos, no podés permitir que una máquina decida. El razonamiento jurídico y la sensibilidad no son delegables.

El caso del consorcio era un proceso de daños y perjuicios atípico. Un departamento había quedado desocupado tras el fallecimiento de su titular, cuyo único heredero vivía en el sur. La propiedad estaba abandonada y acumulaba expensas. La asamblea de consorcistas le sugirió al encargado del edificio que violentara la puerta, ocupara la unidad, pagara las expensas y, a los 20 años, iniciara un juicio de usucapión.

Dos años después, el heredero viajó para tramitar la sucesión y vender el inmueble, pero no lo dejaron ingresar. Tuvo que promover el juicio sucesorio para acreditar su titularidad y demandó al administrador, al abogado que había asesorado la maniobra, al encargado y al consorcio.

Durante la audiencia de vista de causa, noté que los vecinos no comprendían la gravedad de lo que habían hecho ni por qué iban a afrontar expensas extraordinarias altas para indemnizar a un propietario deudor. Pensé cómo explicárselos en un lenguaje accesible.

Con la asistencia de ChatGPT para la redacción en lenguaje claro, incorporé un recurso tecnológico en la sentencia: un código QR y un enlace que dirigía a un audio de cuatro minutos grabado por mí. Allí le explicaba a todo el edificio, con palabras sencillas y sin modismos técnicos, qué responsabilidades tuvo cada involucrado y por qué se los condenaba por haber avalado un ilícito en asamblea.

V. O.: Incorporaste un código QR con un audio explicativo para acercar la decisión judicial al ciudadano. También nos contabas fuera de aire que has llegado a comunicarte directamente por teléfono o videollamada en otros casos, como en un amparo reciente…

L. T.: Sí. A comienzos de este año nos tocó resolver un amparo interpuesto por los padres de un alumno de un colegio privado. Venían con atrasos reiterados en las cuotas y la institución decidió no renovarle la matrícula para el ciclo lectivo 2026.

Al tomar intervención, fijé una audiencia por la plataforma oficial Teams para escuchar al adolescente, en el marco del artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño y del Código Civil y Comercial. Para preservar su imagen no videograbé la sesión, pero conversé con él. Me manifestó su deseo de continuar en el colegio al que asistía desde los tres años y donde cursa su último año de secundaria.

Desde lo estrictamente formal, la acción de amparo estaba caduca, ya que la notificación de la no reincorporación se había dado meses antes y la ley fija un plazo de 30 días para interponer la acción. Sin embargo, no podía dejar desprotegido al estudiante. Por eso, aplicando el principio de tutela judicial efectiva y el bloque de convencionalidad de derechos humanos, encaucé la solución para disponer la rematriculación obligatoria de la institución, supeditada al compromiso de pago de la familia.

LAS REFERENCIAS INTERNACIONALES Y EL FUTURO DE LA JUSTICIA

V. O.: Volviendo al proyecto Alexia, ¿existen antecedentes de este tipo de prueba anticipada en otros países?

L. T.: Sí. Alexia es el resultado de un trabajo de investigación sobre modelos que funcionan hace tiempo. En el Common Law, Estados Unidos utiliza el Discovery e Inglaterra y Gales los Pre-Action Protocols. En el derecho continental, países como Italia, Francia, Alemania y Brasil contemplan figuras similares. El Código Procesal de Brasil, de hecho, regula la prueba anticipada para evitar litigios futuros.

En el ámbito nacional, provincias como Chaco, Corrientes, Tucumán y Jujuy han modernizado sus códigos procesales para incorporar la producción anticipada de prueba e informática aplicada. La propuesta con Alexia es adaptar esas buenas prácticas a la realidad del Departamento Judicial bonaerense.

V. O.: Para concluir: este espacio se llama Se hará justicia. ¿Qué significaría para vos que «se haga justicia» en los próximos años?

L. T.: Lo resumiría con una frase del jurista Richard Susskind: «En nombre de la justicia, muchas veces perdemos la oportunidad de reducir la injusticia». Mi deseo es que, de aquí en adelante, cada vez exista menos injusticia para toda la sociedad.