El juez del Tribunal en los Criminal N°1 del Departamento Judicial de Avellaneda – Lanús, Martín Javier Pizzolo, visitó «Se Hará Justicia» en FM Secla 106.1. Entrevistado por la Dra. Verónica Ottaviano repasó aspectos de la implementación del juicio por jurados.
La imagen de juicio por jurado remite inevitablemente a las películas de Hollywood en donde un grupo de ciudadanos define la culpabilidad o no del acusado. Con mucha menos prensa y sin películas, en Argentina también se implementa este sistema en algunas ocasiones.
Martín Javier Pizzolo, juez del Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial de Avellaneda – Lanús explica sobre como se llevan adelante: «Hay varios mecanismos, algunos prevé la ley y otro es parte de un acuerdo entre partes que deben realizar una actividad muy seria porque el juez se corre de la escena. Para conformar el jurado se comienza con una lista inicial de 48 posibles participantes»
«Hay una audiencia para que las partes puedan hacerles preguntas e ir depurando la conformación del potencial jurado. Vienen los 48 posibles con la posibilidad de que las partes puedan hacer recusaciones con causa para la cual deben especificar los motivos o sin causa, estas últimas con una cantidad limitada. De allí terminan quedando elegidos los 12 jurados respetando la paridad de género, a lo que se suman seis más».
«Obviamente no pueden ser familiares de los implicados, no pueden ser de las fuerzas policiales o haber trabajado en ellas. Todo lo que hagan es el marco de una declaración jurada», agregó.
Un interrogante que respondió Pizzolo es cómo se eligen aquellos posibles integrantes del jurado. «Todos los años se sortean determinaciones de DNI en la jurisdicción del Departamento Judicial a los que se notifica. Es cierto que después ocurre que muchos rechazan la notificación, o los oficiales van en horario laboral o cambiaron domicilio».
Apuntó que el juicio por jurado proviene del «derecho comparado donde los que juzgaban a los propios eran las personas de las aldeas. Es un carga pública y remunerada. La idea que juzguen personas del mismo partido».
Sobre su experiencia al momento de determinar las condenas indicó que llamativamente, en la «mayoría de los juicios elijen calificaciones intermedias, estos delitos menores incluidos. Los jurados se lo toman muy a pecho. El jurado tiene la posibilidad de decir culpable o no culpable. Nuestro rol es no contaminarlo, mientras dura el juicio ellos solo tienen contacto con el secretario del Tribunal. Ellos deben debatir sobre el hecho, pero el voto es individual».
Pizzolo detalló que si jurado condenara luego se debe realizar otra audiencia de cesura donde las partes tienen que litigar de nuevo en el marco de la definición efectiva de la pena. También que llegado el caso de que el juez no acuerde con la pena puede avanzar en un proceso de nulificación, «pero que tiene que ser algo extremo» y que «no es frecuente».
«Los delitos que tienen perpetua la decisión tiene que ser en forma unánime. Los que tienen pena temporal de los doce tienen que ser con diez votos. Al menos con la legislación en la provincia de Buenos Aires. Ellos deben debatir sobre el hecho, pero el voto es individual.