El juez Pablo Calandroni y la secretaria Mara Cladera del Juzgado Civil y Comercial N° 15 de Lomas de Zamora visitaron el programa «Se Hará Justicia». Allí, en diálogo con la Dra. Verónica Ottaviano hablaron sobre la actividad del tribunal poniendo el foco en cómo la digitalización modificó las prácticas en los tribunales.
Ya pasó más de un lustro del inicio de la pandemia de coronavirus. Un momento inquietante para la humanidad y que dejó consecuencias en diversas esferas. Una de ellas fue acelerar la implementación de herramientas digitales. El Poder Judicial no quedó ajeno a ese proceso.
Como todo, los cambios no son de un día para otro, pero las imágenes de juzgados atestados de expedientes y papeles pueden en un futuro próximo remitir al pasado.
Pablo Calandroni es el juez del Juzgado Civil y Comercial N° 15 de Lomas de Zamora, contó en el programa como el tribunal del cual es titular se lo puede considerar como una expresión de esta etapa de digitalización.
«El Juzgado comenzó a funcionar en marzo de 2021, casi terminando la pandemia. Fue una etapa en donde ya había cosas que no se requerían en papel porque la gente no se podía acercar. Se dejan copias de algunas documentaciones y otras directamente se digitalizan», detalló sobre los inicios.
Mara Cladera, la secretaria del Tribunal, valoró las decisiones de la Suprema Corte Bonaerense (máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires) en ese proceso: «al mes de la pandemia, la Suprema Corte sacó una acordada la Suprema Corte donde implementó el expediente digital. Eso permitió trabajar como si nada durante la pandemia».
Dentro de los conflictos sobre los cuales debe definir el tribunal está relacionado con la cuestión comercial y disputas en ese ámbito; desalojos, una cantidad cada vez más creciente entre parientes; incumplimientos por parte de constructoras por ejemplo en la compra de propiedades por pozo; estafas con planes de ahorro para adquirir vehículos.
Otro tema la pandemia aceleró es la implementación del teletrabajo, que durante la pandemia se convirtió en una necesidad para evitar la circulación de personas y con ello la propagación del virus. Una modalidad incipiente en esos días, pero que llegó para quedarse.
Calandroni sumó: «La Corte nos facilitó con el teletrabajo. Consultas que antes se hacían en mostrador hoy se pueden hacer a través de la mesa de entrada virtual. De ese modo, también que las personas físicas puedan tener la respuesta sin ir al lugar».
Luego puntualizó: «En un principio se hacían dos días de teletrabajo, paulatinamente los empleados fueron sumando días y hoy hacen en modo presencial uno, excepto los que recién comienzan. Los empleados sí tienen que ir a las audiencias presenciales».
Cladera adicionó: «llevamos inscriptas 2.600 sucesiones y más de 2000 cobros ejecutivos. Las medidas de la Suprema Corte aceleraron los plazos. Ayudó la creación de domicilios electrónicos, por ejemplo, para aseguradores y prepagas con las cuales son habituales los litigios porque la notificación se hace un forma automática cuando antes tenía que ir un oficial de Justicia».
«Hay un cambio de paradigma, el problema hoy se da más con las notificaciones físicas», añadió.
Para cerrar el tema Calandroni concluyó sobre la velocidad de los procesos: «El juzgado en que estamos es el sueño de todo juez. Tenemos todo un equipo de trabajo sosteniendo esto. La sociedad demanda al Poder Judicial celeridad».
LA ACTUALIZACIÓN DE LOS CRÉDITOS JUDICIALES
Un tema un debate dentro del mundo judicial es cómo actualizar el monto de los pagos indemnizaciones correspondientes a los juicios. Un tema que en contextos de alta inflación, como Argentina ha tenido en las últimas dos décadas, toma especial importancia para que los afectados puedan sostener en modo adecuado sus acreencias.
En un juzgado que aborda problemáticas del ámbito civil y comercial las disputas tienen como eje resarcimientos económicos.
En la provincia de Buenos Aires en julio de 2024, la Suprema Corte mediante el fallo conocido como Barrios buscó darle una vía de resolución al tema. Declaró inconstitucional el artículo 7 de la ley 23.928 que prohibía la actualización monetaria e indexación de créditos, una herencia de los años noventa y la Convertibilidad.
«Barrios es un caso que comienza en 2008, tiene sentencia en 2013 y la Suprema Corte define en 2024. Nuestra interpretación es que Barrios es para casos particulares, nosotros siempre buscamos que los montos sean a valores actuales». afirmó Calandroni.
Cladera explicó: «Se deja aclarado que si al momento de hacer un pago se genera una desproporción, porque no se indexa o desvirtúa, evaluamos aplicarlo o no, pero no lo hacemos al momento de la sentencia».