Defensores del Pueblo denuncian la inminente quita de pensiones por invalidez

El Consorcio de Defensores del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires emitió un comunicado donde también advierte sobre el cumplimiento imposible de la medida ordenada por el gobierno nacional.

En el comunicado elaborado por los defensores y suscripto también por la Defensora del Pueblo de Avellaneda, María Laura Garibaldi y el Defensor del Pueblo de Lanús, Alejandro Gorrini, sostienen que «el Consorcio de Defensores del Pueblo Municipales Bonaerenses, integrada por hombres y mujeres, que defendemos la plena vigencia de los Derechos Humanos, la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires, y el respeto por las Instituciones, manifestamos nuestra profunda preocupación ante la inminente quita de pensiones no contributivas por invalidez».

Agregan que «la Resolución 39/19 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), la cual
se encuentra bajo la órbita del Secretario General de Presidencia, Fernando de Andreis, estableció bajo las premisas de justicia, equidad y trasparencia, que la confección y presentación del Certificado Médico Obligatorio (C.M.O.) obrará por vía digital. Asimismo, funda su decisión en los cambios realizados a través del Ministerio de Modernización con la sanción de la ley 25.506 que establece el valor jurídico del documento electrónico».

Luego explican que «la Agencia pretende no cometer los errores de la experiencia fallida en 2017, cuando por entonces la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales ordenó una quita masiva de pensiones por invalidez sin previo aviso, consecuentemente ha enviado la notificación fehaciente por Carta Documento a los pensionados».

Los defensores del pueblo añaden que «la intimación establece un plazo de 60 días corridos para actualizar la condición médica de invalidez laboral mediante el Certificado Médico Oficial digital. A tal efecto, agrega que para realización del mismo, los intimados deberán dirigirse a un establecimiento de salud oficial más cercano a su domicilio, y solicitar una consulta con el médico para la realización del instrumento».

«Claramente, lo manifestado resultaría eficiente en un plano ideal, pero en lo
fáctico, es decir, en la realidad de los establecimientos de salud de la Provincia
de Buenos Aires constituye un acto de cumplimiento imposible», agregan los defensores, para afirmar luego: «Ello así, por el desborde actual de nuestros Hospitales, -carencia de médicos en general, fisiatras y legistas en particular, falta de conectividad, falta de debida
articulación entre la Agencia Nacional de Discapacidad y los Directores de los Hospitales, falta de turnos e imposibilidad de acceso a la realización de estudios específicos fundamentales para la determinación del criterio médico y para adjuntar al trámite del CMO-, con el agravamiento de que el instructivo y la viabilidad del inicio del CMO digital es a través de la Página Web de AFIP».

Manifiestan que «increíblemente la Agencia Nacional pretende que un médico, que no resulta ser el médico tratante del pensionado, y que carece de especificidad para la determinación de una incapacidad laboral, ingrese la solicitud de un CMO con su clave fiscal».

Finalizan afirmando que «en síntesis, el mecanismo que se pretende implementar, encuadra desde el punto de vista jurídico en lo que en derecho administrativo se denomina PRUEBA de CONTENIDO IMPOSIBLE, la cual determina que “nadie está obligado al cumplimiento de un acto imposible”, consecuentemente, el acto deviene NULO; y desde el punto de vista de ejercicio de la Administración, toda la ideación del mecanismo establecido demuestra la intención clara de que el procedimiento para la tramitación del CMO no pueda ser realizado».

«Así las cosas, en clara violación a lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual posee jerarquía Constitucional, EXHORTAMOS a la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD a que REVOQUE las Resoluciones 39/19 y 44/19 viciadas de nulidad por inconstitucionales, y se ABSTENGAN de proceder a la quita o suspensión de las Pensiones No Contributivas por Invalidez», termina el comunicado del Consorcio de Defensores.

Escribe tu Comentario