Salario Mínimo, Vital y Móvil para los trabajadores municipales: una conquista que marcó un precedente

0
50

En 2022, el Concejo Deliberante de Avellaneda aprobó una iniciativa impulsada por el entonces concejal Daniel Aversa que estableció como piso salarial para las y los trabajadores municipales el Salario Mínimo, Vital y Móvil fijado por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La medida convirtió a Avellaneda en el primer municipio de la provincia de Buenos Aires en garantizar por ordenanza que ningún trabajador o trabajadora municipal perciba un salario inferior al mínimo establecido a nivel nacional, adaptado a la jornada laboral correspondiente.

El proyecto surgió como una respuesta concreta a una deuda histórica con el empleo municipal. Si bien la Ley Provincial 14.656 reconoce el derecho al salario mínimo, no establece un mecanismo específico para hacerlo efectivo en los municipios. La ordenanza promovida por Daniel Aversa (secretario general del SUMA) vino a cubrir ese vacío normativo, otorgando una herramienta legal que protege el poder adquisitivo de las y los trabajadores.

La norma dispone que:

El salario municipal deberá tomar como referencia el Salario Mínimo, Vital y Móvil determinado por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Ningún trabajador o trabajadora municipal podrá percibir una remuneración inferior a ese piso salarial, considerando la jornada laboral correspondiente.

La actualización será automática conforme a las modificaciones que disponga el organismo nacional.

Con esta iniciativa, Avellaneda no solo fortaleció los derechos laborales de sus trabajadores municipales, sino que también sentó un antecedente para otros distritos del país, demostrando que es posible avanzar en políticas públicas que garanticen salarios dignos y contribuyan a la justicia social.

Texto oficial de la disposición

 «Deberá tomarse como referencia el salario establecido por el Consejo Nacional del Empleo, Productividad y Salario Mínimo, Vital y Móvil, dependiente del Ministerio de Trabajo de la Nación, adecuado a la jornada laboral del Municipio.»

 «El salario del trabajador no podrá quedar por debajo de este monto, a la vez que se irá actualizando de acuerdo a lo que determine el Consejo Nacional para todos los trabajadores.»

Esta decisión representó un paso significativo en la defensa de los derechos de las y los municipales y consolidó una herramienta concreta para garantizar que el salario mínimo deje de ser una declaración de principios y se convierta en una realidad efectiva.

Un derecho conquistado por ordenanza, no una promesa de ocasión

 Es importante destacar que esta iniciativa no constituye una expresión de deseos ni una declaración sin consecuencias prácticas para las y los trabajadores municipales. Se trata de un proyecto presentado por el concejal Daniel Aversa que fue debatido y aprobado por el Concejo Deliberante de Avellaneda, convirtiéndose en una norma vigente que obliga a establecer como piso salarial el Salario Mínimo, Vital y Móvil. La diferencia es sustancial: mientras algunos discursos quedan en el terreno de las consignas, esta propuesta se transformó en una herramienta legal concreta que reconoce derechos y genera obligaciones para el Estado municipal.

La fortaleza de esta ordenanza radica precisamente en su capacidad de otorgar respaldo jurídico a una demanda histórica del movimiento de trabajadores. Al incorporar el Salario Mínimo, Vital y Móvil como referencia obligatoria para las remuneraciones municipales, se establece un mecanismo objetivo de actualización y una garantía efectiva para evitar que los salarios queden por debajo del mínimo reconocido a nivel nacional. No es una promesa para el futuro ni una simple manifestación de voluntad política: es una conquista institucionalizada que puede ser exigida por las y los trabajadores y que constituye un antecedente de enorme valor para la defensa del empleo público municipal.

Escribe tu Comentario

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí