Nueva edición de Se Hará Justicia con la conducción de la Dra. Verónica Ottaviano, en este caso con la visita del Dr. Gustavo Toneguzzo, juez del Tribunal Oral en lo Criminal N.° 4 del Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús donde abordó diferentes temáticas relacionadas con su tarea. Repasó su trayectoria en el fuero penal en donde fue fiscal antes de ser juez, su visión de los juicios por jurado, de la justicia restaurativa, femicidios e inteligencia artificial. 

 

Verónica Ottaviano: ¿Cuándo comenzó tu vocación por el derecho penal y cómo se dieron tus primeros pasos en la justicia?

Gustavo Toneguzzo: Mi inclinación por lo penal surgió al terminar el secundario. En esa época veía la serie norteamericana Petrocelli -que tenía a un abogado como protagonista- todas las noches; de alguna manera influyó para volcarme hacia el derecho y, en particular, hacia el fuero penal. Siendo estudiante tuve la fortuna de ingresar como meritorio y luego fui nombrado en la Cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora. Ahí arranqué mi carrera judicial.

Resulta curioso que tu inspiración inicial fuera una serie de EE. UU., donde rige un sistema procesal distinto, y que hoy te toque integrar un tribunal oral en lo criminal en un contexto con juicios por jurados.

Cuando ingresé al Poder Judicial había un código inquisitivo, donde el juez era amo y señor de todo. En 1998 cambió por un sistema acusatorio más afín al norteamericano, con el fiscal como titular e impulsor de la acción pública. Hubo que transitar todo un camino para ese aplicación y con el tiempo se incorporó el juicio por jurados, receptando la manda constitucional. Es una dinámica muy interesante, un juicio distinto: son doce ciudadanos los que asumen el rol de jueces de los hechos para determinar la culpabilidad o no del imputado. Sorprende ver el grado de compromiso con el que la gente toma la función y cómo comprende la complejidad y seriedad de la labor judicial. Comprenden lo serio y lo difícil que es. He intervino en juicio por jurado como fiscal y juez.

Los jurados, ¿no pueden estar influenciados por toda la carga mediática? ¿No está contaminado el jurado?

Yo también tenía esa concepción previa y pensaba que la ciudadanía podía carecer de la preparación necesaria. Sin embargo, en la práctica me sorprendí en sentido contrario. La gente presta atención, se concentra en su rol con compromiso y seriedad. Además, las estadísticas demuestran que el jurado no condena automáticamente de forma masiva o como se podría presumir.

En tu etapa como fiscal participaste en el primer juicio por jurados del departamento judicial: el caso por la muerte de la oficial de policía Julia Vales. ¿Cómo recordás aquella intervención?

Julia Valles era una funcionaria policial que participaba en un operativo de control vehicular en Lanús. Al dar la orden de detención a una moto, con dos ocupantes que desobedecieron, la embistieron y falleció en el acto. La reconstrucción del hecho buscó demostrar al jurado que no se trató de un accionar culposo o de un mero accidente, sino de una decisión consciente de violar la orden cueste lo que cueste. Aunque la fiscalía solicitó una pena más alta y el juez de garantías, Dr. (Martín) Pizzollo, descartó ciertos agravantes, la pena impuesta fue de 15 años de prisión efectiva, un monto severo y justo. En el proceso penal el fiscal peticiona según su criterio, pero la última palabra siempre la tiene el juez.

¿Cómo fue la transición del rol de fiscal, donde representabas al Estado, al de juez, que exige absoluta imparcialidad?

No me costó adaptarme porque en mi desempeño como fiscal siempre mantuve un estricto deber de objetividad, como lo establece la Ley del Ministerio Público. A diferencia del defensor, que puede ser subjetivo, el fiscal debe ser objetivo, representa a la sociedad y debe basar sus decisiones en la prueba recabada. Si en la instrucción la prueba no alcanza, se pide el sobreseimiento. El juez debe actuar objetivamente y ser imparcial, por eso no me fue compleja la adaptación. Siempre lo expliqué de forma sencilla, si hay pruebas corresponde que siga adelante, se acusa; si no los hay, se solicita el sobreseimiento o la absolución. Eso también es garantismo de las reglas procesales.

Mencionabas el garantismo. ¿Cómo definirías ese concepto en la práctica judicial y cómo influyó en tu ejercicio de la magistratura?

El garantismo es ni más ni menos que el respeto irrestricto de las reglas procesales y de las garantías constitucionales; no es abolicionismo ni dejar de aplicar la ley, sino ser estricto servidor de ella. Recordando a aquel autor que decía que «no hay hombre más libre que el esclavo de la ley», bajo esa premisa he ejercido la magistratura.

Además de tu trabajo en el tribunal, tenés una extensa trayectoria en la docencia universitaria. ¿Qué aporta la enseñanza al ejercicio cotidiano del derecho?

Durante muchos años fui docente de Derecho Penal II (la parte especial que analiza los delitos en particular), primero en la Universidad Nacional de Lomas de Zamora y luego en la Universidad de Morón, en la cátedra del Dr. Borinsky. La docencia agiliza la dialéctica, mejora la exposición gráfica de las ideas y quita el temor a explicar, debatir o responder preguntas. Fue un ejercicio sumamente útil para mi carrera en el Poder Judicial.

Tras tantos años en el fuero penal, ¿hubo algún caso que te haya marcado de manera particular o que haya significado un punto de inflexión?

Todas las causas dejan alguna marca o enseñanza. Como fiscal de instrucción durante muchos años recorrí de punta a punta el departamento judicial, desde el límite con Cañuelas hasta Avellaneda, y me tocó presenciar todo tipo de muertes y situaciones trágicas.

Pero si debo recordar un caso impactante en mis inicios, siendo aún empleado del Juzgado Criminal N.° 7, que fue el homicidio del empresario Ricardo Hospital en Almirante Brown. Lo ejecutó un coronel del Ejército, dueño de un campo lindero, quien le hizo señas en la calle para que lo llevara y lo mató dentro del vehículo con su arma reglamentaria. Me afectó mucho por la vulnerabilidad a la que estamos expuestos los ciudadanos: la víctima confió en alguien conocido. Además, mi padre tenía una fábrica de mosaicos y era proveedor del señor Hospital; no pude evitar pensar que podría haber sido mi propia familia. Vivir de cerca la investigación y las diligencias posteriores me marcó profundamente.

Le ha tocado intervenir en el juicio por el asesinato de un vecino de Lanús Omar Jorge Szkarlatiuk delante de su hijo al querer robarle su auto. Al autor, en el marco de un juicio abreviado recibió una sentencia de 13 años de prisión.Muchas veces la sociedad cuestiona la figura del juicio abreviado en causas graves, interpretando que se trata de un «pacto» que resta justicia. ¿Qué implica realmente este mecanismo desde el punto de vista del juez?

Existe la creencia de que el juicio abreviado es un acuerdo entre partes, entre el fiscal acusador, la defensa y con el imputado sin llegar a un juicio oral y público. Eso no significa que no exista juicio. El juez debe resolver el acuerdo, no es una mera homologación, el juez tiene que revisar y valorar las pruebas, debe verificar si el hecho existió, si el imputado fue el autor y si la calificación acordada es procedente. Si las partes pactan un juicio abreviado por lesiones, pero la prueba indica una clara tentativa de homicidio a corta distancia, el juez puede desestimar el acuerdo para que la causa vaya a juicio oral. El juicio lo hace el juez al momento del dictado de la sentencia.

Lo que sí establece la ley es que el monto de pena pactado no puede ser mayor a lo pactado: puede absolver o imponer una pena menor, pero no superar el máximo acordado por las partes. Además, en hechos graves la víctima es notificada y escuchada. Recuerdo una causa por homicidio que para la fiscalía encuadraba como preterintencional; teníamos un acuerdo de abreviado, pero los familiares de la víctima se opusieron. Respeté su postura y llevamos el caso a juicio por jurados, donde finalmente el imputado resultó absuelto.

En el tribunal a tu cargo se encuentra actualmente la causa por la muerte de Bastián, el niño que falleció en medio de un enfrentamiento armado con un oficial de policía en Wilde. ¿En qué instancia procesal se encuentra hoy ese expediente?

Es una causa en la que el jurado popular ya dictó un veredicto de culpabilidad por homicidio cometido mediante el uso de arma de fuego. La jueza técnica que dirigió el debate, la Dra. María Sayago, realizó en su momento la audiencia de cesura e impuso una sanción. Tras un recurso de Casación, el tribunal superior confirmó el veredicto de culpabilidad, pero ordenó realizar un nuevo juicio de cesura exclusivamente para juzgar e imponer el monto de la pena. Como la Dra. Sayago debió excusarse por haber emitido opinión previa, fui designado por sorteo para llevar adelante esa nueva audiencia, donde escucharé las pruebas y los alegatos de las partes para determinar la sanción definitiva.

Está muy en boga la justicia restaurativa. ¿Qué es y cómo se evalúa su aplicación en el tribunal?

La justicia restaurativa busca encontrar una solución al caso que no sea meramente punitiva, intentando recomponer las cosas o devolver la situación al estado previo al conflicto sin recurrir necesariamente al poder punitivo estatal. Para ello requiere articular políticas públicas con Desarrollo Social, Salud o Educación. En lo personal, solía tener cierta una actitud con reparos porque entendía que implicaba poner en cabeza del juez funciones que corresponden a otros organismos del Estado. Sin embargo, con la práctica me he encontrado con situaciones donde sus principios son sumamente útiles y plenamente aplicables.

Recientemente intervine en un juicio abreviado por videoconferencia contra una mujer acusada de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, quien cumplía arresto domiciliario. Durante la audiencia, me mostró cómo había adaptado la cocina de su casa para encarar un emprendimiento gastronómico de venta de empanadas, las cuales su hijo mayor salía a comercializar. Ver esa voluntad de salir del circuito delictivo me conmovió, esa voluntad de rehacerse y de salir del tráfico de estupefacientes. Si bien la ley prevé una pena mínima de 4 años de cumplimiento efectivo sin beneficios para ese delito, allí es donde aplico los principios restaurativos para buscar una solución legal que le permita permanecer en su domicilio, junto a su familia y con ese emprendimiento. Mi postura que en principio fue negativa se adaptó a este caso particular.

En el tribunal también han tratado el daño psíquico provocado por violencia o acoso digital como delito de lesiones. ¿Cómo se encuadra jurídicamente la afección a la salud mental?

El delito de lesiones no protege únicamente la integridad física, sino la salud entendida como el equilibrio funcional del organismo. La psiquis forma parte del ser humano y también posee un equilibrio saludable; si este se rompe producto de un hostigamiento o de la difusión no consentida de material íntimo, se produce una afección real a la salud mental que encuadra jurídicamente en el delito de lesiones.

Con respecto al femicidio, ¿es indispensable que exista o haya existido un vínculo de pareja para que se configure la figura agravada? Ocurrió un caso en San Martín donde un amigo asesinó a su amiga en el que ha intervenido. 

No necesariamente. Cuando existe un vínculo conyugal o de pareja, el homicidio se agrava por el vínculo. En el caso del femicidio, el agravante radica en la condición de mujer de la víctima, en el marco de una relación de dominación, subordinación o superioridad del varón. En un caso que me tocó juzgar en San Martín, el imputado y la víctima eran amigos; él pretendía iniciar una relación a la que ella se negaba y ejercía sobre su vida una actitud de control y sujeción. Cuando la mujer decidió rehacer su vida afectiva con otra persona, él decidió quitarle la vida e intentó simular un suicidio. El tribunal determinó que existía femicidio por esa posición de supremacía ejercida sobre la víctima por su condición de mujer.

 ¿Considerás que los casos de violencia machista aumentaron o que actualmente hay mayor visibilización?

Es difícil afirmarlo sin analizar las estadísticas, pero es cierto que hoy estos hechos tienen mayor visibilidad y cobertura mediática, lo cual es saludable porque genera toma de conciencia en la sociedad. De todos modos, la herramienta de prevención fundamental es la educación. Si bien es imposible erradicar la violencia humana en su totalidad, un trabajo sostenido en educación y concientización pública ayudará a disminuir sensiblemente este tipo de delitos.

En el marco de tus funciones realizás inspecciones institucionales a comisarías y dependencias policiales. ¿Qué aspectos prioritarios deberían mejorarse en la infraestructura de seguridad?

Los magistrados y funcionarios tenemos la obligación de realizar inspecciones periódicas a comisarías y alcaldías. A pesar del esfuerzo del personal policial y de las intendencias —como la de Avellaneda, que siempre colabora—, las comisarías presentan serias deficiencias edilicias y de infraestructura. Dotar a las fuerzas de seguridad de mejores condiciones de trabajo (instalaciones seguras, sistemas de calefacción adecuados y calabozos en condiciones) influye directamente en el desempeño de la función. Mejorar las condiciones laborales y reforzar la formación profesional son pasos indispensables para optimizar el servicio de seguridad.

Por último, la Suprema Corte bonaerense puso sobre la mesa el debate sobre el uso de la Inteligencia Artificial en el Poder Judicial. ¿Qué postura tenés frente a la posibilidad de que intervenga en la labor del juez?

Una cosa es que técnicamente se pueda utilizar y otra muy distinta es que se deba hacer. La función judicial es demasiado seria e importante como para delegarla en un sistema informático, por más información, leyes y jurisprudencia que este procese. La inteligencia artificial es una herramienta sumamente útil para la búsqueda de información o investigación, pero no debemos permitir que reemplace el criterio y la decisión del juez. Confeccionar una sentencia mediante IA me parece una conducta indebida, pero es una postura personal.

"Se Hará Justicia", jueves de 16 a 17hs por la FM SECLA 106.1!!!