«Se Hará Justicia» | Gabriela Topalian, apuntes sobre la Justicia Penal

0
18

La titular del Juzgado Correccional N° 2 del Departamento Judicial de Avellaneda y Lanús, Gabriela Topalian, pasó por el aire de Se Hará Justicia en una entrevista realizada por la Dra. Verónica Ottaviano. Hizo una breve descripción del recorrido que hacen las causas en materia penal y también un análisis de aquellas causas relacionadas con la violencia de género.


 

Desde fines de 2020, Gabriela Eugenia Topalian es la jueza titular del Juzgado Correccional N° 2 del Departamento Judicial de Avellaneda – Lanús. Especialista derecho penal y con una sólida formación académica explicó aspectos del diseño institucional-jurídico en el tránsito de las causas en materia penal. También abordó otras temáticas relacionadas con los casos de violencia de género o intrafamiliar y profundizó en debates alrededor del servicio de justicia.

¿Qué casos y cuál es el recorrido para que una causa llegue a un juzgado correccional en la provincia de Buenos Aires? «Hecha una denuncia, posteriormente se sortea un fiscal, un juez de Garantías y una defensa de turno siempre y cuando la persona imputada no haya elegido una defensa», detalla Topalian.

«Los tribunales penales tienen dos instancias. Primero la instrucción penal preparatoria donde se van juntando las pruebas. De acuerdo a eso se determina si lleva o no adelante el juicio. Intervenimos cuando el juez de Garantías a instancia del fiscal cuenta con los elementos para elevar a juicio, que puede ser Correccional o criminal.», agregó.

«De los delitos que tienen establecidos hasta seis años de prisión que pueden ser estafas, robos y homicidios culposos se encarga el Juzgado Correccional. Los que tienen penas de más de seis años van a los Tribunales Criminales que están integrados por tres jueces en donde los delitos con penas de más de 15 años van a juicio por jurado», apuntó Topalian.

En cuanto al procedimientos contó que como primera instancia se recaban una serie de pruebas para que una persona ingrese a un tipo penal. De no conseguir las pruebas necesarias la causa se archiva.

«Para pasar de una etapa de Garantía a una de juicio tenés que tener las pruebas de que ese juicio se haya cometido», indicó. En esa dirección mencionó el concepto de «duda razonable» en donde una vez realizada la presentación de pruebas puede haber sospechas de haber cometido un delito, pero sin ser concluyentes en ese caso el Tribunal absuelve al imputado.

«TENEMOS LA OBLIGACIÓN DE ESCUCHAR A LAS VÍCTIMAS»

Casos frecuentes dentro de los abordados por el Juzgado en lo Correccional están aquellos donde existe violencia de género, doméstica o entre vecinos. «Lo que habitualmente se hace en casos se establece la restricción de acercamiento, se le da un botón antipánico a la víctima. Si el agresor se acerca pierde la excarcelación en caso de que haya habido una detención preventiva», detalló Topalian.

«Tenemos una obligación como servidores públicos de dar ese servicio de justicia. Tenemos que tratar, en la media de lo posible, de cumplir y que se respeten las garantías constitucionales. Cuando tenemos un episodio de violencia de la persona el imputado y se encarcela al agresor puede ser porque tenía antecedentes penales o si fue el primer hecho en el caso de que haya sido muy grave y violencia. En ese caso se decide que quede preso para proteger a la víctima», puntualizó.

«Tenemos la obligación de escuchar a las víctimas, de ver que le pasa», aclarando que eso no necesariamente implica fallar en su favor, pero sí de contar con un marco de contención de la víctima.

Por último hizo un análisis sobre aspectos sociales que podrían disminuir los delitos. «En mi opinión, creo que la manera es que haya posibilidades de empleo, de salario digno y en el caso de las mujeres que puedan tener su autonomía económica. Que haya políticas para nivelar la desigualdad estructural».

 

 

 

 

Escribe tu Comentario

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí